martes, 2 de septiembre de 2008

Excomulgan por abortar

Luego de lamentar que los ministros de la Suprema Corte de Justicia avalaran el aborto legal en el DF, el arzobispo José Guadalupe Martín Rábago advirtió que el Derecho Canónico sanciona con excomunión ‘Ipso Facto’ a médicos y mujeres que lo practiquen. “La excomunión a quien practique el aborto está establecida en el Código de Derecho Canónico desde el código anterior que es del año de 1917 para las personas que consciente, libre y voluntariamente practicaran el aborto, así como para las personas que colaboraran en la realización de este acto. Excluyéndose los menores de edad que para el código son las personas menores de 16 años”, sentenció.

Hay dos clases de excomuniones: la excomunión que se impone como resultado de una acción determinada y otras, como la del aborto, que no necesitan una sentencia, sino que por el hecho mismo las personas incurren en excomunión. “Ya con que la persona haya cometido un acto de esa naturaleza ipso facto incurre en una excomunión”, explicó. Monseñor Martín Rábago aclaró que no se trata de una reacción de la Iglesia ante la aprobación de la Suprema Corte de Justicia, sino de una antigua legislación que sigue vigente. Y señaló que la legalidad y la moralidad no siempre van de la mano.

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