Es indignante ver como una "Suprema Corte de Justicia" viola los derechos de los trabajadores con esta ley que es inconstitucional, ya que a los trabajadores que no acepten sumarse al Pensionissste se les incrementara de manera gradual, la edad para jubilarse, - se realizara en forma progresiva el tiempo que tienen que laborar - así como las cuotas que se tienen que aportar, solo engordaremos las cuentas de la "profesora" Gordillo, hay que recordar que legalmente no hay garantías de que las aseguradoras cumplan con sus obligaciones futuras en el manejo de las cuentas individuales de los trabajadores.
Este asunto en vez de ser de justicia se convierte en un asunto político, donde la mano del presidente dan la indicación y la suprema corte de justicia, como fieles borregos la acatan y la ejecutan, la nota siguiente esta tomada de el Universal:
Este asunto en vez de ser de justicia se convierte en un asunto político, donde la mano del presidente dan la indicación y la suprema corte de justicia, como fieles borregos la acatan y la ejecutan, la nota siguiente esta tomada de el Universal:
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el nuevo sistema de pensiones que se estableció en la Ley del ISSSTE para los trabajadores del gobierno, al concluir que no afecta de manera retroactiva a los burócratas.
La mayoría de ministros de la Corte llegó a la conclusión de que el Congreso de la Unión no violó ninguna disposición al crear un nuevo sistema de pensiones y al obligar a los trabajadores a decidir si aceptan sumarse al nuevo esquema, que está administrado por el PensionISSSTE, o si optan por un esquema muy parecido al que tenían antes de la reforma para jubilarse.
En la segunda sesión de análisis, por 8 votos contra 2, la mayoría del Pleno rechazó la propuesta que les hizo ayer el presidente del máximo tribunal, Guillermo Ortiz Mayagoitia en el sentido de amparar a los trabajadores porque se les pretende aplicar de manera retroactiva un régimen de pensiones.
Con esta decisión la Corte avaló y respaldó en lo general el nuevo régimen de pensiones para los trabajadores al servicio del Estado, por lo que una vez salvado este punto los ministros pasarán a revisar si las modalidades que se les ofrecen a los trabajadores para pensionarse respetan o no los derechos consagrados en la Constitución.
En otras palabras, el nuevo régimen de pensiones se mantendrá y no será declarado inconstitucional, pues a partir de ahora la Corte sólo verificará si anula o no algunas de sus partes.
El único de los ministros que apoyó la propuesta del presidente de la Corte fue Juan Silva Meza, quien aseguró que la reforma violó la Constitución porque viola los derechos adquiridos de los trabajadores al aplicarles de manera retroactiva una ley que los obliga a adherirse a un nuevo sistema de pensiones.
En opinión de Silva Meza el legislador no puede tocar ni modificar derechos adquiridos de los trabajadores, porque eso atenta contra las garantías mínimas que les otorga la Constitución.
Pero su postura no tuvo éxito. La mayoría la rechazó.
La ministra Margarita Luna Ramos, quien propuso negar el amparo de la justicia federal a los trabajadores, explicó que la reforma no tiene efectos retroactivos -como aseguran los trabajadores que promovieron las demandas-porque el cambio de régimen no afectó a las personas que actualmente están pensionadas ni a sus familiares como derechohabientes.
De manera coincidente, el ministro Mariano Azuela dijo que "el problema de retroactividad queda totalmente superado en la medida en que no se está obligando a nadie a cambiar de sistema".
La mayoría de ministros de la Corte llegó a la conclusión de que el Congreso de la Unión no violó ninguna disposición al crear un nuevo sistema de pensiones y al obligar a los trabajadores a decidir si aceptan sumarse al nuevo esquema, que está administrado por el PensionISSSTE, o si optan por un esquema muy parecido al que tenían antes de la reforma para jubilarse.
En la segunda sesión de análisis, por 8 votos contra 2, la mayoría del Pleno rechazó la propuesta que les hizo ayer el presidente del máximo tribunal, Guillermo Ortiz Mayagoitia en el sentido de amparar a los trabajadores porque se les pretende aplicar de manera retroactiva un régimen de pensiones.
Con esta decisión la Corte avaló y respaldó en lo general el nuevo régimen de pensiones para los trabajadores al servicio del Estado, por lo que una vez salvado este punto los ministros pasarán a revisar si las modalidades que se les ofrecen a los trabajadores para pensionarse respetan o no los derechos consagrados en la Constitución.
En otras palabras, el nuevo régimen de pensiones se mantendrá y no será declarado inconstitucional, pues a partir de ahora la Corte sólo verificará si anula o no algunas de sus partes.
El único de los ministros que apoyó la propuesta del presidente de la Corte fue Juan Silva Meza, quien aseguró que la reforma violó la Constitución porque viola los derechos adquiridos de los trabajadores al aplicarles de manera retroactiva una ley que los obliga a adherirse a un nuevo sistema de pensiones.
En opinión de Silva Meza el legislador no puede tocar ni modificar derechos adquiridos de los trabajadores, porque eso atenta contra las garantías mínimas que les otorga la Constitución.
Pero su postura no tuvo éxito. La mayoría la rechazó.
La ministra Margarita Luna Ramos, quien propuso negar el amparo de la justicia federal a los trabajadores, explicó que la reforma no tiene efectos retroactivos -como aseguran los trabajadores que promovieron las demandas-porque el cambio de régimen no afectó a las personas que actualmente están pensionadas ni a sus familiares como derechohabientes.
De manera coincidente, el ministro Mariano Azuela dijo que "el problema de retroactividad queda totalmente superado en la medida en que no se está obligando a nadie a cambiar de sistema".
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