martes, 13 de mayo de 2008
Despenalizar el robo por hambre, propone el PAN
La Asamblea Legislativa discutirá durante el próximo periodo extraordinario de sesiones una iniciativa de reformas que busca despenalizar el robo por hambre en la Ciudad de México. ,Así lo informó el promotor de la iniciativa, José Antonio Zepeda, quien explicó que, de aprobarse esta propuesta, las personas que hurten alimentos, medicinas o ropa ya no irán a la cárcel, sino que serán castigadas con trabajo comunitario. Incluso, quienes incurran en esa falta deberán ser incorporadas a los programas de empleo del Gobierno del Distrito Federal.
El también secretario de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, explicó que dicha comisión dictaminará su propuesta en la sesión de este miércoles.
Aseguró que la despenalización de este delito cuenta con el apoyo de la mayoría de los grupos parlamentarios, por lo que “es casi un hecho” que sea aprobada en el próximo periodo extraordinario que se realizará a finales de mes.
De acuerdo con la propuesta de dictamen, establece que en los centros de readaptación social de esta capital, 50 por ciento de los más de 30 mil reclusos, alrededor de 15 mil, se encuentran presos por cometer robo sin violencia; mientras que 25 por ciento, poco más de siete mil 500, fueron privados de su libertad por cometer robos menores a mil pesos. Lo anterior, señala el documento, no sólo ha ocasionado sobrepoblación en los centros de reclusión, sino que genera que los delincuentes no peligrosos se contagien en las cárceles al estar en contacto con quienes que sí lo son.
Sostiene que la pobreza y la marginación, en ocasiones obligan a las personas a cometer ciertos delitos, como el llamado hurto o robo de famélico (de alimentos, vestido y medicinas) que ocurre en nuestra ciudad, principalmente en zonas rurales.
De ahí que destaca la necesidad de reformar el Código Penal para no enviar a la cárcel a personas que por única ocasión roben sin violencia alimentos, medicinas y ropa por un monto inferior a diez salarios mínimos y acrediten que este ilícitro se cometió para satisfacer una necesidad personal.
De esta forma, se adiciona el artículo 226 bis al Código Penal que establece:
“No se impondrá pena al que sin emplear los medios de violencia física o moral, engaño ni medios violentos, se apodere por única ocasión de los insumos o productos alimenticios estrictamente indispensables para satisfacer sus necesidades personales o familiares del momento, cuando el monto no rebase los diez salarios mínimos”.
Sostiene que las personas que comentan robo por hambre serán turnadas a un juez cívico que le impondrá sanciones de trabajo comunitario, como la limpieza de calles, poda de árboles en la vía pública y pinta de banquetas, entre otras.
Considera necesario que las personas que cometan este tipo de delitos sean inscritas en programas de capacitación y ayuda de desempleo del GDF.
En caso de los medicamentos que superen el monto establecido, como los que se utilizan para enfermedades virales como el sida, Zepeda Segura explicó que la naturaleza clínica del medicamento será la que acredite si satisface la urgencia de una necesidad personal.
En ese sentido, el diputado panista advirtió que esta reforma no se aplicará a las personas que cometan este delito por segunda ocasión, a fin de evitar que la despenalización del robo por hambre se convierta en un modus vivendi.
Lo que dice el Código Penal
El Código Penal federal, en su artículo 379, establece que no se castigará a la persona que, sin engaño ni medios violentos, cometa robo por hambre.
En Michoacán y Oaxaca, el robo por hambre no es considerado delito penal, por lo que las persona que lo cometen en una sola ocasión no van a prisión.
En caso de que la propuesta sea aprobada por el pleno de la ALDF, la reforma al Código Penal entraría en vigor un día después de su publicación.
Via:http://www.milenio.com/mexico/milenio/nota por:Georgina Pineda
Total, estamos en jauja con los exedentes petroleros, cual pobreza?
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